La campaña de la renta ha comenzado este miércoles 6 de abril y se prolongará hasta el próximo 30 de junio.
La vivienda es uno de los activos más habituales en cada campaña de la renta. A grandes rasgos, todos los contribuyentes, tanto si poseen el inmueble donde residen habitualmente como si alquilan una casa a terceras personas, deben declarar por este tipo de bien.
Quedan exentos únicamente los casos en los que el ciudadano sea nudo propietario, es decir, cuando no puede disfrutar del inmueble porque en él está el usufructuario, o los dueños de solares no edificados. Pero más allá de estos casos anecdóticos, la vivienda debe incluirse en la declaración de la Renta a modo informativo, aunque sea residencia habitual y no genere ingresos.
Las deducciones por compra de vivienda fueron eliminadas en 2013. Es decir, únicamente las transacciones firmadas anteriormente pueden disfrutar de esta bonificación. Como las rubricadas desde entonces carecen de esta ventaja fiscal, cada vez son menos los contribuyentes que pueden beneficiarse de esta ayuda.
Los propietarios que necesitaron una hipoteca para poder hacer frente a la compra pueden deducir tanto el capital del préstamo como los gastos vinculados a los seguros asociados a la propia hipoteca, como el de vida.
Fuente: Cinco días